Un tema que no se podía quedar es el problema de la piratería o robo de
propiedad intelectual, es un tema muy complicado porque ya ha permeado los
cimientos educativos. Es decir muchos docentes y estudiantes y público en
general toman información de forma indiscriminada sin hacer alusión alguna al
autor original.
Generalmente, se entiende por derechos de autor aquellos derechos del
autor para controlar el uso que se hace de su obra. Pero no existe una idea
uniforme sobre el alcance y el contenido concretos de esos derechos. Las
tradiciones anglosajona y europea conciben esos derechos de forma distinta.
Mientras en el mundo anglosajón predomina una concepción utilitarista de los
derechos de autor, en Europa se ha adoptado un enfoque que los concibe como
derechos de la persona. Aunque creo que ambas concepciones aportan ideas y
propuestas valiosas, no ocultaré mi preferencia por el enfoque utilitarista (Villate,
Javier, 2001).
El primer gran efecto de la tecnología digital sobre los derechos de
autor y derechos conexos, está relacionado con la posibilidad de multiplicar
hasta el infinito la obra, es decir, no ya solo de copiarla, sino de obtener
una calidad idéntica de la obra de forma limitada. Es muy difícil con la
tecnología digital distinguir la enésima copia de la original, como tal la podemos almacenar y guardar en la
red a la disposición de los usuarios. (LR Seijas 2006).
Estamos frente a un gran desafío y aunque la ley de propiedad
intelectual es muy clara (dependiendo de la cultura) es más un esfuerzo moral
el que se nos solicita.
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